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Reforma del plan de estudios

En el BOE de 11 de junio de 1994 se editó un Real Decreto por el que se establecían una serie de modificaciones generales sobre los planes de estudios de la LRU, algunas de las cuales se resumen a continuación:

(a)
La carga lectiva en créditos fijada por las directrices generales propias para el conjunto de las materias troncales será, como mínimo, del 30% de la carga lectiva total del plan de estudios, si se trata del primer ciclo, y del 25% si se trata del segundo ciclo. Estos porcentajes no podrán ser incrementados por las universidades al elaborar los planes de estudios por encima del 15% de la carga lectiva troncal por ciclo o del 25% de la carga lectiva de cada materia.
(b)
La carga lectiva global no deberá exceder más de un 15% de la carga lectiva mínima fijada en las directrices propias de la titulación. Se exceptúan de este límite las titulaciones de enseñanzas técnicas y las enseñanzas de sólo segundo ciclo, en las cuales podrá alcanzar un máximo de 75 créditos por año académico.

En el curso 1994/1995 se constituyó un comité para la revisión de los planes de estudios de las dos titulaciones de informática de la UJI. Esta iniciativa fue impulsada desde las antiguas CIT de ambas titulaciones debido a ciertas carencias que se detectaron en los planes de estudios y a las modificaciones promovidas por el Consejo de Universidades. Inicialmente, se pretendía elaborar un nuevo plan de estudios manteniendo las directrices generales de la LRU y de la misma universidad, pero adecuando algunos aspectos que, de momento, resultaban insatisfactorios. Teniendo en cuenta que el curso siguiente saldría la primera promoción de titulados en II y que ya habían finalizado dos promociones de ITIG, la modificación se podía comenzar a elaborar para ser puesta en marcha en cuanto fuera aprobada.

El comité de revisión de los planes de estudios se constituyó para trabajar de forma conjunta en ambas titulaciones. Estaba formado por profesores de los departamentos de Informática, Matemáticas, Economía y Ciencias Experimentales, además de las vicepresidentas de las CIT de cada titulación. Aunque, posteriormente, el trabajo de este comité se paralizó a la espera de las nuevas directrices del Consejo de Universidades y las nuevas directrices de la propia UJI, algunas de sus conclusiones han sido llevadas a la práctica en el presente curso 1999/2000.

En primer lugar, se han eliminado del plan de estudios todas las incompatibilidades entre las asignaturas. Estas constituían un problema burocrático y legal, y, en ocasiones, un problema para el profesorado. El alumnado podía matricularse sin tener en cuenta las incompatibilidades, pero en el momento de examinarse de una asignatura, debía tener aprobadas todas las asignaturas que eran requisito y, además, haberlo hecho en una convocatoria previa. Al eliminar las incompatibilidades, es el alumnado el que debe considerar si sus conocimientos son suficientes para enfrentarse a una determinada asignatura. Toda la información relativa a las asignaturas (objetivos, conocimientos previos, contenidos, evaluación, bibliografía, etc.) se encuentra, desde este curso, en los denominados Libros de titulación, que se entregan en soporte magnético al alumnado cuando realiza la matrícula y que también están accesibles a través de la Web [64].

Otra de las conclusiones del comité de revisión que ha sido llevada a la práctica desde este curso es la de establecer un mecanismo de control sobre la asignatura de Estancias en prácticas. Esta asignatura, obligatoria de tercer curso, no tenía prerrequisitos, por lo que, en ocasiones, no se realizaba un buen aprovechamiento de la misma al no haber cursado el alumnado ciertas asignaturas fundamentales de segundo curso, como Ficheros y bases de datos o Análisis y diseño de sistemas informáticos I. Para evitar este tipo de situaciones, se ha impuesto el requisito de que el alumnado tenga aprobado el 60% del total de créditos troncales y obligatorios para poder realizar la estancia en prácticas.

Al iniciarse, por parte de la UJI, la elaboración de una nueva normativa sobre modificación de planes de estudio, el comité de revisión se disolvió a la espera de que esta normativa se pusiera en marcha. Esta normativa, aprobada en julio de 1999, establece que la modificación de un plan de estudios se ha de realizar teniendo en cuenta los resultados de la evaluación institucional de la titulación y después del análisis de su conveniencia. Quien analiza esta conveniencia es la comisión de titulación y quien elabora la modificación son dos comisiones, una mixta universidad-sociedad, y otra académica interna.

Las titulaciones de II e ITIG fueron las primeras titulaciones de la UJI en ser evaluadas dentro de la primera convocatoria del plan nacional de evaluación de la calidad de las universidades, promovido por el Consejo de Universidades. Este proceso se inició en el curso 1996/1997, finalizando a mediados del curso 1997/1998 con la visita de la comisión de evaluadores externos, que elaboraron un informe de evaluación externo [89]. Una conclusión a destacar en este informe es la siguiente:

``Los planes de estudio de ambas carreras tienen bastantes deficiencias en cuanto a que se requieren un número excesivo de créditos para obtener los títulos, contienen una distribución de los créditos entre asignaturas que no es común en otras unviersidades y contienen algunas lagunas en temas importantes tales como los de redes de computadores. Así pues, necesitan una redefinición.''

En el período que transcurrió desde que se disolvió el comité de revisión hasta que se aprobó la nueva normativa de reforma de planes de estudio de la UJI, la Unidad Predepartamental de Informática (UPI) constituyó un grupo de trabajo que elaboró una propuesta para cada uno de los planes de estudios de informática de la UJI. Este grupo de trabajo partió de las conclusiones del comité de revisión y tuvo en cuenta las nuevas directrices del Consejo de Universidades (BOE de 16 de mayo de 1997), por las que se permite a las universidades, al elaborar y aprobar los planes de estudios, incrementar los actuales porcentajes de la carga lectiva troncal y de cada materia, siempre que con ello se consiga una mejor utilización de sus recursos y una integración de materias en un número menor de asignaturas. Por otra parte, se fija un número de créditos mínimo por cada materia o asignatura, según se trate de cuatrimestral (4,5 créditos) o anual (9 créditos), salvo que en las correspondientes directrices generales propias de los planes de estudios de que se trate se haya fijado, para las mismas, una menor carga lectiva de créditos.

En febrero de 1999, las comisiones de titulación de II e ITIG solicitaron la reforma de los planes de estudios de ambas titulaciones argumentando los siguientes motivos:

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Actualmente no hay un perfil explícito de los objetivos de las titulaciones y perfil de los titulados.
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Los planes presentan deficiencias de diseño en las incompatibilidades.
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Los planes de estudios son deficitarios en materias como redes de ordenadores y sistemas de información. No hay suficiente obligatoriedad en programación de ordenadores y es preciso aumentar el peso de los conocimientos sobre sistemas operativos.
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La optatividad es baja en proporción al número total de créditos. Las asignaturas optativas no están agrupadas en materias relacionadas o por intensificaciones, sino que son muy heterogéneas y, en algunos casos, ajenas a la informática. Las optativas que ofrece el plan superan lo que se puede financiar, por lo que hay asignaturas que no se activan.
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La organización docente se ve afectada negativamente por el exceso de créditos que debe cursar el estudiantado, el exceso de asignaturas por curso, la desestructuración de la optatividad y la dificultad de integrar las estancias en prácticas dentro del horario de un curso. Los problemas son más graves en el caso de primer curso, que en ITIG tiene 80 créditos.
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Los planes de estudios incumplen la legislación sobre carga docente. ITIG tiene 250 créditos cuando el máximo es de 225 créditos.

Las comisiones universidad-sociedad e interna ya se han constituido y su trabajo ha comenzado en el mes de mayo de este año 2000. Se espera que estas comisiones tengan en consideración la propuesta de modificación de la UPI. En esta propuesta, los contenidos de bases de datos en la ITIG son los que se muestran en la tabla 3. .10.

Asignatura Curso CT CP CL Total
Bases de datos 2 4,5 1,5 3 9
Sistemas de bases de datos optativa 3 0 1,5 4,5
Bases de datos distribuidas y heterogéneas optativa 3 0 1,5 4,5

Tabla 3. .10 Asignaturas de bases de datos en la propuesta de la UPI para ITIG
(CT: créditos de teoría, CP: créditos de problemas, CL: créditos de laboratorio).
Los contenidos de cada una de las asignaturas propuestas son los siguientes:
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Bases de datos: Modelo de datos relacional. Álgebra y cálculo relacional. Bases de datos relacionales. Diseño lógico y físico de bases de datos relacionales. Lenguajes de consulta estándar.
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Sistemas de bases de datos: Sistemas de gestión de bases de datos. Diseño lógico y físico avanzado. Procesamiento de consultas. Seguridad y recuperación de bases de datos.
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Bases de datos distribuidas y heterogéneas: Características de las bases de datos distribuidas y heterogéneas. Diseño lógico de bases de datos distribuidas. Integración de varios esquemas. Procesamiento de consultas distribuidas.


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Marques Andres Maria Mercedes
2000-07-05